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lunes, 13 de marzo de 2017

Salud Pública prohíbe traslado de cadáveres en ambulancias

Alberto Díaz, director de Habilitación de Salud Pública.
 El Ministerio de Salud, a través de la Dirección de Habilitación, anunció  este domingo         que prohíbe el uso de ambulancias para trasladar cadáveres, hacer diligencias personales y propaganda en ambulancias.
Alberto Díaz, director de la entidad, dijo que están enfocados egarantizar la calidad de los servicios de ambulancias como medios para trasladar desde y hacia hospitales públicos y centros privados a los pacientes en estado especial o en situación de emergencia.
“En consecuencia, estos vehículos no podrán ser utilizados para el traslado de cadáveres, porque ese debe ser otro servicio que también debe cumplir sus propios requisitos. Las ambulancias tampoco pueden ser usadas para realizar diligencias personales o como medio para hacer propaganda de ningún tipo", manifestó.
Durante un encuentro con representantes de instituciones prestadoras de servicios de ambulancia, Díaz anunció que serán habilitados los servicios del sector público y privado de ambulancias en las modalidades marítima aérea y terrestre, a fin de que puedan brindarlos en adecuadamente.
Señaló que como organismo rector del Sistema Nacional de Salud del país el Ministerio está en el deber de garantizar que este servicio cumpla con los estándares de calidad requeridos para preservar la vida de los usuarios.
“Una ambulancia debe estar debidamente habilitada para garantizar atención oportuna, de calidad y humanizada a los usuarios. Se trata de la principal herramienta de trabajo de hospitales y clínicas para que una persona sea  trasladada de forma adecuada a los centros de salud,  ya que de este servicio depende la vida de pacientes en estado delicado ", dijo Díaz.
Explicó que el Ministerio de Salud continúa dando apoyo y capacitación en el proceso de habilitación para garantizar que las personas usuarias de los servicios de salud reciban las atenciones de calidad.

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