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jueves, 26 de marzo de 2015

Leonel llama adefesio a sentencia de CIDH


Néstor Medrano
Santo Domingo
El expresidente Leonel Fernández manifestó anoche que República Dominicana no tiene porqué acoger lo que definió como “el adefesio jurídico” de la sentencia de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos que pide al Tribunal Constitucional desconocer el fallo 168-13.
“Yo creo que esta noche la situación se ha despejado, República Dominicana tiene razón no tiene porqué acogerse a ese adefesio jurídico que es la sentencia de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos”, expresó Fernández durante la inauguración del Primer Seminario sobre Derechos Humanos, Nacionalidad y Soberanía, que organizan la Fundación Global Democracia y Desarrollo, el Instituto Global de Altos Estudios y el Observatorio Político Dominicano, en el auditorio Juan Bosch de la Biblioteca Nacional Pedro Henríquez Ureña. Fernández también manifestó que para los dominicanos no existe la apatridia,  al considerar que donde quiera que nazca siempre llevará la  nacionalidad dominicana.
El también presidente del Partido de la Liberación Dominicana y de Funglode, hizo de moderador en un abarrotado auditorio.
Allí, los catedráticos de Derecho Internacional Privado de la Universidad Nacional de Granada, Sixto Sánchez Lorenzo y Ramón Viñas Farré discutieron los alcances de la sentencia 168-13 y la obligatoriedad del Estado dominicano de cumplirla y hacerla cumplir ante la problemática de la adquisición de la nacionalidad dominicana.
Para Viñas Farré, ninguna sentencia, ninguna disposición emanada de tribunales internacionales como el de la CIDH tiene potestad sobre la Carta Magna dominicana.
Al tiempo de precisar que ese organismo, al emitir un  dictamen contrario a la República Dominicana y que le pide vulnerar aspectos fundamentales de su soberanía y su mandato constitucional, ha generado en sus insistancias una crisis de legitimación.
Sin embargo, Sixto Sánchez Lorenzo significó que en materia de comunidad internacional existen unos efectos de responsabilidad que en términos de aplicación jurídica tampoco entrañan sanciones materiales para República Dominicana.  

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